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SERVICIOS PÚBLICOS

El Gobierno fijó un cupo de $27.200 millones para devolver IVA a empresas que reciben subsidios

El régimen alcanza a prestadoras de servicios públicos que perciben subsidios, compensaciones tarifarias o asistencia económica del Estado. El sector energético concentrará $24.500 millones, equivalente a cerca del 90% del monto total.

PorTendencia de noticias
07 oct, 2026 10:55 a. m. Actualizado: 07 oct, 2026 10:55 a. m. AR
El Gobierno fijó un cupo de $27.200 millones para devolver IVA a empresas que reciben subsidios

Noticias Argentinas difundió que el Gobierno nacional fijó en $27.200 millones el cupo anual destinado a la devolución de créditos fiscales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a empresas prestadoras de servicios públicos que reciben subsidios, compensaciones tarifarias o asistencia económica del Estado.



La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 1759/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, que estableció los límites correspondientes al recupero de créditos fiscales para el ejercicio 2025 y períodos anteriores.



El régimen está destinado a entidades prestadoras de servicios públicos cuyas tarifas se encuentran reducidas como consecuencia de la percepción de fondos provenientes del Estado nacional, ya sea mediante transferencias directas o a través de fideicomisos.



El mecanismo permite recuperar créditos fiscales de IVA originados en la compra, elaboración o importación de bienes, así como en la contratación de obras y servicios efectivamente destinados a las actividades alcanzadas.



Del cupo global de $27.200 millones, el sector energético recibirá la mayor asignación, con un límite de $24.500 millones. Para las empresas vinculadas con el transporte se estableció un máximo de $2.500 millones, mientras que los $200 millones restantes estarán destinados a otras actividades comprendidas por el régimen.



La distribución implica que aproximadamente el 90% del cupo total quedará concentrado en el sector energético, mientras que el transporte representará algo más del 9% de los fondos disponibles.



El límite establecido será aplicable a las solicitudes correspondientes a saldos acumulados por créditos fiscales cuyo derecho a cómputo se haya generado durante 2025. La resolución también contempla saldos provenientes de ejercicios anteriores que se encuentren en condiciones de ser recuperados y que no hayan sido procesados previamente dentro de los límites establecidos para cada período.



La medida se sustenta en las disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y en el Decreto Reglamentario 692/1998.



Con la resolución publicada este miércoles, el Ministerio de Economía mantiene el esquema de asignación de cupos anuales para este régimen de recupero de créditos fiscales, que, según la normativa, se instrumenta desde 2019.

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